La ENCOMIENDA de CASTILISCAR
La presencia de las Órdenes Militares
en el Reino de Aragón resultó ser unos de los fenómenos históricos mas
importantes[1], pero va a ser la donación del lugar
llamado Castiliscar, el hecho determinante
para fijar la estructura y la organización de la orden de los Hospitalarios en
la zona
Allá por el año 1175, (a) Doña Jusiana, condesa de Ampurias, cede a la orden del
Hospital su alodio en Castiliscar con
todos sus bienes y derechos, y el año siguiente 1176 el propio castillo con
pertenencias y jurisdicción, cedido “ab integro” con yermo, poblado, y todos los
derechos señoriales que la mencionada dama entonces poseía
Por aquel entonces existía en el lugar
un castillo (castello Liscare o Liscarre) construido por orden del rey Sancho
Ramírez en mayo del año 1088[2], como avanzadilla militar de Sos sobre Ejea, por el noble Galindo Sanges
tenente (señor) de Sos y Arguedas
Por todo ello los pobladores de Castiliscar pasaban a dependencia
señorial, con todas las cargas y servicios que ello implicaba en la época. No
obstante debido a las condiciones de sometimiento de Castiliscar ,los hospitalarios debieron de atenuar las condiciones,
dada la mas que probable despoblación de la villa.
Ya en 1183 (b) se redacta un contrato agrario colectivo para todos aquellos que
acudan a repoblar y establecerse en el lugar, con unas condiciones – a pesar
del carácter señorial de los hospitalarios -
especialmente ventajosas, cediendo todo el terreno del lugar,
reservándose tan solo una viña y la padul pero siempre a condición de que los pobladores pagaran por sus
tierras SEIS ARROBAS de censo a medias de trigo y ordio
De todas maneras el Hospital se
reserva y en ningún caso cede su “dominicatura”
sobre las tierras ni concede
libertad personal ni franquicia a los campesinos que allí se asienten,
reservándose como hemos apuntado la viña y la padul, reservas exiguas, pero lo
que implica el establecimiento de una infraestructura en la que una parte del
señorío seria explotado directamente por los pobladores. La mención expresa de
acequias, un molino, y la posible construcción de un horno, tienden a hacer
pensar que los habitantes de Castiliscar
estuvieran sujetos a los pagos por el uso de estos servicios, ya que la carta
agraria de 1183 no les exime explícitamente de ellos
El resto de las propiedades son
cedidas a los campesinos a cambio de una renta o censo pagados en especie,
normal en una zona de régimen dominical de tan escasas posibilidades. En ellas
no aparecen ni otros servicios personales ni de cualquier otro tipo, hasta el
año 1201 que el rey Pedro II cede a la Orden todos sus derechos reales
a cambio de MIL MAZMUTINAS, (c) y es entonces andando el tiempo cuando Castiliscar
se convierte en Encomienda única, en perjuicio de Remolinos , de la propia Ejea y de lugares anteriormente donados
como Pilluel y Padules, que desde este momento pasan a situación de dependencia
con respecto a Castiliscar
También hay noticias allá por el año
1186 que doña Jordana, esposa de Deusayuda (que ya aparece citada en 1183 como
“nuestra hermana”) , era señora de la casa de Castiliscar y de la heredad de Uncastillo, esto nos
hace pensar que tanto Castiliscar como lo que se tenia en la Valdonsella,
estaba en manos de alguna “donada o socia” de la
Orden, que estaría encargada de su gestión
Las Encomiendas Hospitalarias eran
comunidades de “freires” que se establecían en un determinado
lugar, motivado por haberse producido un alto grado de acumulación
hacendística, teniendo a su frente un
comendador o preceptor, siendo sus funciones de muy diferente orden
La Encomienda de Castiliscar, bien es cierto,
no paso de ser bastante modesta, no tanto por el pequeño numero de freires
que con el tiempo llegaron a
convivir en la misma, como por la escasa cuantía de los bienes acumulados, si
lo comparamos con otras establecidas por la misma Orden en zonas del Ebro o del Bajo Aragón
La comunidad Hospitalaria de Castiliscar debía de contar por el siglo
XII con cinco freires (comunidad
antes asentada en Pilluel) y un numero sin determinar (no se tienen
datos fidedignos) en el siglo XIII, pues durante este período falta una
relación de sus componentes
Además de los freires dentro de la comunidad se deben de incluir los donados y los familiares, observando de entre los primeros también mujeres tal y como nos demuestra la
presencia en el 1236 de la “frairesa” “Agnes”, y otros que se donan
a si mismos, los que pasarían a
convivir con la comunidad aunque no con el estatus de freires.
* (En el 1236 y como caso
excepcional se citan 5 freires, 1 freiresa, 1 comendador, su lugarteniente y un capellán) (ver listas)
*( En 1253 se citan tan solo 2 incluyendo al comendador “ y otros
”) (ver listas)
Haciendo referencia a los cargos
dentro de las comunidades, aparte del comendador suelen aparecer también los
llamados “claviger” o clavero - encargados de los temas
económicos – y un capellán. *(La diversificación de cargos se
aprecia a mediados de siglo, ya en 1246 el preceptor de Castiliscar se presenta
con su socio, un “claviger” y su capellán)[3]
El aumento de las propiedades y las
posteriores complicaciones en la gestión provocaran la diversificación de los
cargos , y así en Pilluel y Padules, aparecen freires de la comunidad de Castiliscar
que actúan allí como “preceptores” o “comendadores” sin que ello
suponga ninguna disgregación administrativa. Además parece ser que estos
núcleos se convierten en subcomiendas, debido a que su
actividad exigía una persona a su frente, y ya en 1192 Jimeno será nombrado preceptor (o comendador) en Castiliscar, Pilluel y Padules.
Tras esta fecha aparece siempre el preceptor de Castiliscar precediendo a los de Padules o Pilluel, a los
que se llamara subpreceptores o “tenient vices preceptor” desde 1207 tal y como aparece en un documento de 1242 relativo a Pilluel
En la formación del patrimonio el tema
de las donaciones tiene un papel principal pues la sociedad medieval siguiendo
la ideología dominante, intenta asegurarse la vida en el mas allá, con la
cesión de bienes materiales a entidades religiosas, en este caso a las ordenes
hospitalarias. En el total de los documentos de los que se dispone (en numero
de 63), la casi mitad (31), son exclusivamente donaciones y aunque
en el período sufren altibajos, la
mayor cantidad se registran al
principio y entre el período de 1190 y 1199, diez años en los que, aunque existe
la abundancia de donaciones, esta muy contrarrestada con la precaria cantidad
de los que se cede – cesiones de un
solo campo - En estos años La Encomienda Hospitalaria se establece
definitivamente en Castiliscar, por lo que es
lógico el aumento dado aquí del numero de donaciones
Esta donaciones alcanzan en algunos casos categoría de verdaderos
contratos a censo o rentas en los que los donantes recibirían de por
vida una cantidad – en especies o en dineros - de la Orden Hospitalaria. Estas
donaciones en las que se recibe algún bien en “compensación” o en “caridad” estarían realmente encubriendo una simple venta. ( Podemos hablar de “Beneficios espirituales” o de “Garantías de una posesión vitalicia” sin sobresaltos )
Teniendo
en consideración la importancia de los bienes cedidos, se puede destacar el
período inicial, desde 1157, cuando se recibe de manos de la monarquía las
cuevas de Remolinos, hasta el año
1180 , en que ya han pasado a manos hospitalarias lo que constituye el núcleo
principal de posesiones con Pilluel , Padules y Castiliscar
El descenso de las donaciones tienen
su explicación en el cambio de mentalidad de la sociedad que en el siglo XII
había sido tan liberal, en el siglo XIII el ideal religioso que encarnaban las
Ordenes Militares, da paso a una nueva concepción, con el ejemplo claro de las llamadas
Ordenes Mendicantes. Así en las encomiendas asentadas en las Cinco Villas,
la primigenia finalidad de acoger a los peregrinos desaparece casi por
completo, siendo la principal
preocupación hospitalaria en
esa centuria el defender lo obtenido – pleitos – y la consecución de una
gestión que produzca los mayores beneficios posibles
Las Ordenes fomentaban el cultivo de
los viñedos con miras a la producción
de rentas monetarias entre la población dependiente, así los contratos a censo son los mas habituales que los de aparcería y la posesión directa
preferible a todo lo demás, por lo que compartir la propiedad y los beneficios
de las viñas no era preferencia de
estas ordenes, que no querían mano de obra extraña en sus casas. De ahí que los
campesinos se sintiesen atraídos por este tipo de contratos agrarios a censo “ad plantandum” o en aparcería “ ad medietatem” pues los beneficios obtenidos en las cosechas era
muy superiores a los de cualquier otro tipo
La Encomienda de Castiliscar , por otro lado, parece que se desentendió de este tipo
de bienes, ya que se menciona en muy pocas ocasiones tanto las viñas adultas
como los majuelos, aunque ello no quiera decir en absoluto que no existieran de
hecho, debido a la carta de 1183, cuando se establece la carta de población de Castiliscar, en la que el hospital se
reserva una padul y una viña, lo que presupone que habría otras viñas que
estaban pendientes y a la espera de futuros pobladores, y donde la media de
terreno mínimo asignado a la viña sería de 1,5
hectáreas, muy parecido a lo habitual
hoy día
En otros casos el Hospital cede la
posesión de la propiedad sin mas condiciones que la satisfacción del censo,
mucho mas parecido a un arriendo que a una tenencia perpetua. Los receptores de
estos arriendos es muy posible que a su vez los subarrendaran , ya que el tratamiento de “don” y
“doña” que reciben, implica una calidad social reconocida, incompatible con las
tareas agrícolas
Quizás el mas claro ejemplo de estas
cesiones sea el que consta en el año 1265, en el que el Hospital de Castiliscar, cede a don Johan de Uncastillo y a
su mujer, un hortal en una viña del hospital, con todos los derechos y la parte
de riego que a esta orden le corresponde. Se pagará por todo ello un
censo de SEIS ALMUDES de trigo al año, teniendo el receptor
asimismo la capacidad de vender
o pignorar (empeñar) la propiedad usufructuada, con la salvedad de los clérigos y los caballeros los que
estaban exentos de pagos por tributación
A modo de conclusión de este estudio,
la presencia de las Ordenes Hospitalarias en la zona de las CincoVillas
debemos relativizarla en lo referente a su importancia histórica, en
comparación con su enorme peso y poder en otras zonas aragonesas, contrastando
con otras instancias de poder allí instaladas
Hay causas que motivan esta falta de
empuje, como son el medio físico de la principal de sus posesiones – Castiliscar – situada en la zona de la
Valdonsella y no en la vega de los Arbas de mayores posibilidades económicas, y
por otro la comodidad de haber recibido desde un principio propiedades estables,
sin vecinos poderosos contra los que litigar por las tierras. Además la condición
de realengo, que facilitó el desvío de donaciones reales y de la nobleza hacia otras entidades eclesiásticas y otras
zonas. Finalmente la riqueza y posibilidades de futuro de las posesiones
meridionales, tras la conquista del valle del Ebro y la zona Levantina, eclipsó
el interés por estas tierras de los hospitalarios
La Encomienda de Castiliscar , a pesar de todos los inconvenientes perdurará en el
tiempo aunque bien es cierto que su
protagonismo histórico debe de limitarse a ámbitos puramente locales, su constitución
y presencia marcó sin duda alguna la vida y destino de las gentes de esta zona,
en el período comprendido entre los Siglos XII y XIII
Documentos
de referencia:
(a)
AHN Ordenes Militares, San Juan de Jerusalén, carpeta
654, doc. 9 y 10
(b) AHN Ordenes Militares, San
Juan de Jerusalén, carpeta 654, doc. 12
(c) AHN Ordenes Militares, San
Juan de Jerusalén, carpeta 655, doc. 1
Anexo 1 - Ejemplos de Listas por años de los Comendadores y Freires y otros
de la Orden Hospitalaria de San Juan de Jerusalén
–
Hospital de Castiliscar –
Año 1186 -
-Comendador
de Pilluel Galim Cort
-Comendador
Padules y Luna Martin
-Freires
de Castiliscar Bernat de Aroca
Ortin Exaye
Gassion
Ramón
Pedro Araz
-Donada Sancha
-Señora de la casa de Castiliscar Doña Iordana
y de la heredad de Uncastillo
Año 1192 -
Establecimiento de la
Encomienda de Castiliscar
-Preceptor
de Castiliscar Pilluel y Padules Don Jimeno Adalid
-Freires
de Castiliscar Lop Iustaç
Gassion
García Rinsano
y otros
-Clavero
de Pilluel Pedro
Año 1198 -
-Preceptor
de Castiliscar Don Jimeno Adalid
-Freires
de Castiliscar Pedro
Gassion
-Capellán
de Castiliscar Lupo
Año 1212 - El que mas
completo y mas datos ofrece
-Preceptor
de Castiliscar y Pilluel Iordan
-Clavero Pedro
-Freires
de Castiliscar Iñigo de Anzana
Fortuño Burrueca
Ferrando de Luesia
Jimeno de Caparrós
Johan de Sibirana
-Freires
de Pilluel Ferrando de la Flor
Pedro
Clement
Donat
Año 1236 -
-Comendador
de Castiliscar Don Pedro de Ejea
-Lugarteniente del Comendador [Cast] Martín de Don Spannol
-Freires
de Castiliscar Jimeno de Bado
Jimeno Romeu
Sancho de Rada
Joan de Sadava
-Infanzón Pedro
-Capellán
de Castiliscar Jimeno
-Frairesa Agnes
Anexo 2 - Ejemplos de Listas por años del Concejo de Castiliscar
Año 1180 -
-Notario Público p. de Bunyol
(Los habitantes de Castiliscar reciben
el tratamiento de “populatores” y no de “vecinos” )
Año 1212 -
[Hombres de Castiliscar]
-Alcalde Portolés
-Vecinos Garsias Alinz
Garcia de Uncastillo
Pedro de Ul
Pedro de Landa
Salvador
Andreo de Uxarra
Johan Gripii
Benedicto, su hijo
Año1216 -
-Justicia Johan Garceyz
Año 1236 -
-Alcalde Don Fortuño de San Martín
-Baile Don Portolés
-Mayoral Domingo Sanchot
-“ Buenos Hombres” Ennequo Sanç de Ocharra
Pedro de Landa
Martin de Cepolla
Domingo de Transaltar
Blasco de San Martin
Domingo de Saturnin
Stephano Mocho
Pedro Ferrero
Domingo de Landa
García de Gordún
Pedro de Navardún
Pedro Filip
Años 1253 – 1262 – 1265 -1266 – 1275 – 1350 – Solo aparecen Alcaldes, Escribanos,
Jurados o Notarios
Año 1253 Escribano y Jurado Martin d’Agüero
Año 1262 Notario Público Romeo
Año 1265 Notario Público Romeo
Año 1266 Notario Público Exemeno de Mondella
Año 1275 Escribano y Jurado [Notario Público] Exemeno de Mondella
Año 1350 Alcalde o Justicia Pedro Stephani (“alcaldus sive iusticia”)